Introducción a gestión de derechos de autor para recursos educativos

3. Gestión de derechos de autor en el uso y producción de recursos educativos




Gestión de derechos de autor
en el uso y producción de recursos educativos


¿Cómo podemos adecuar nuestras prácticas docentes al marco establecido por la Ley 11.723?


Claramente, la Ley 11.723 no representa la complejidad de las prácticas actuales. A pesar de esta dificultad, podemos adecuar nuestra la producción de saberes y materiales educativos. 

A continuación, sugerimos algunas acciones concretas para para poder poner a disposición contenidos que no están amparados como excepciones en el Régimen de Propiedad Intelectual.  


Textos bibliográficos 


Como indica el derecho a cita - art. 10- podemos transcribir y copiar textualmente hasta 1000 palabras. 

Cuando precisamos hacer un uso más extenso de textos bibliográficos, deberemos contar con el consentimiento explícito de su autor/a (salvo se encuentre en Dominio Público); caso contrario, indicaremos los datos de la obra para que el lector la busque por su cuenta, pero no podrá ser incluida en el texto, propuesta o material de enseñanza.


Fotocopias


Tengamos presente que reproducir o copiar contenido de libros, sin la autorización expresa del/a autor/a, está prohibido por de la Ley 11.723 (art. 72). Una sugerencia para reemplazar los textos con copyright, sería valerse de bibliografía en acceso abierto que represente la temática o verificar si ese texto está bajo dominio público. Aquí acercamos un listado de repositorios, portales de revistas en los que podrás encontrar y acceder a materiales educativos abiertos.

En el caso de que la obra esté bajo un dominio privativo y se encuentre disponible en formato digital, una alternativa válida es referenciar el material y enlazarlo a su fuente original.


Digitalización de material editorial

Digitalizar materiales es copiar contenido, por lo cual aplica el mismo criterio indicado en el punto anterior.


Audiovisuales

No podemos utilizar o reproducir fragmentos de videos que no sean de producción propia. Por ello, para utilizar obras de terceros es importante verificar los términos en los que circula ese material. Si tiene copyright habrá que pedir el permiso a los titulares de los derechos de autor para poder utilizarlo.


Reproducciones sonoras - música

La ley nos permite reproducir hasta ocho compases con fines educativos. Sugerimos, pedir los permisos de uso, reemplazar la música por versiones libres o enlazar a su fuente original si es que la ora se encuentra en formato digital.


Imágenes  

Las imágenes - fotografías, historietas, dibujos, gráficos, mapas, memes, etc. - son recursos visuales muy empleados en los procesos de aprendizajes; al tiempo que, también son los recursos con los cuales incumplimos de mayor manera lo estipulado por los derechos de autor.  

Recordemos que no basta con citar la fuente de donde se extrajo la imagen, sino que debemos poseer los permisos de uso sobre esos recursos para emplearlos. Por ello, sugerimos utilizar -de ser posible- imágenes de creación propia,  o de uso libre, o sea que cuente con licencias abiertas. Por ejemplo, las publicadas en bancos de imágenes libres o las provistas por Wikimedia Commons. Si no fuera posible sustituir la imagen y no poseemos los permisos de uso, recomendamos retirar la imagen de la obra y colocar la siguiente leyenda: 

En la versión original de este trabajo obraba la imagen “.........” (título) de ........... (nombre del autor) que está disponible en internet en la dirección ............. (dirección donde se la ubicó en la web); la misma puede ser repuesta por quien utilice el material, pero no ha sido incluida en esta publicación en virtud de los términos de la Ley de propiedad intelectual 11723 que señala que no se puede reproducir una imagen sin el consentimiento de su creador o de quien disponga de los derechos patrimoniales sobre la imagen.

Tengamos presente que la fotografía está protegida durante 25 años, a partir del momento en que fue tomada. Luego, ingresa al dominio público.


Traducciones, resúmenes, adaptaciones

Las mismas son obras derivadas derivadas de un original, por este motivo pueden ser ejecutadas solo si el titular de la obra original, lo autoriza explícitamente.


Materiales educativos de las cátedras

Independientemente de su formato - filmaciones, grabaciones de voz o materiales impresos -,  no podemos compartirlos a terceros sin la autorización expresa de los/as docentes que lo elaboraron.


Contenido extraído de internet


Los recursos digitales que encontramos en la web tienen autoría, por ende, los ampara la ley. En general, creemos que estos recursos -ya sean textuales, visuales, sonoros o audiovisuales -están disponibles libremente en la web y no poseen derechos de autor.  Sin embargo, tenemos que investigar qué permisos existen sobre su utilización y pedir las autorizaciones correspondientes sí poseen copyright.


Plataformas de internet, sitios de contenido y redes sociales


El sitio derechodeautor.org.ar advierten que en las plataformas de internet, es de suma importancia que leamos los términos y condiciones de uso de esos sitios. Muchas de ellas, como Youtube, Facebook,etc. se rigen mediante la legislación estadounidense de derechos de autor, la Digital Millenium Copyright Act -DMCA, que sancionan dando de baja contenidos.